SAT 2022

¿Qué gastos puedes deducir si eres médico? Estas son las deducciones autorizadas por el SAT

Esta es la lista de deducciones personales que puede hacer el personal médico ante el SAT

¿Eres médico?.Esto puedes deducir ante el SAT Créditos: Adobe Creative
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Cualquier persona muy seguramente quiere ahorrarse un par de pesos en el tema de impuestos ante el temido Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la única forma de realizarlo de manera correcta es mediante las conocidas deducciones personales en las declaraciones anuales. 

De acuerdo con el mismo SAT, son varias las personas que deben presentar su declaración de impuestos, una de estos sectores de la población son aquellos médicos particulares, ya que están en el Régimen de Servicios Profesionales y obtienen ingresos por su cuenta además de que emiten comprobantes de honorarios.

Es por esta razón que el personal médico debe saber que hay una serie de conceptos que puede deducir y de esta forma obtener un pago de impuestos menor al original. Si es tu situación, échales un ojo a tus facturas y si no vienen precargadas, súbelas a tu declaración.

¿Qué puede deducir el personal médico? 

El personal médico al ser un persona física y encontrarse del regimen de Servicios Profesionales, pueden deducir los siguientes servicios: 

  • Honorarios y gastos médicos: servicios dentales, nutrición, psicología, estudios, análisis, gastos hospitalarios o de enfermería y lentes oftálmicos graduados.
  • Seguro de gastos médicos mayores: complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
  • Colegiaturas de hijos: desde preescolar hasta bachillerato o equivalente.
  • Estímulos fiscales: por depósitos en las cuentas especiales para el ahorro.
  • Créditos hipotecarios: los intereses reales y devengados generados.
  • Donativos: a instituciones autorizadas por el SAT y que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos.
  • Transporte escolar: cuando de manera obligatoria se requiera el uso de este servicio y sea señalado dentro del comprobante correspondiente.
  • Aportaciones voluntarias: complementarias a tus cuentas de ahorro y seguros para el retiro.
  • Gastos funerarios: efectuados para tu cónyuge o concubino(a) así como para padres, abuelos, hijos y nietos.

Adicionalmente a esta lista, podrán entrar en sus deducciones todos aquellos materiales e instrumentos necesarios para el cumplimiento de su activdad laboral, como por ejemplo los siguientes: 

  • Gastos indispensables en el consultorio médico: servicio de luz, agua, internet y  teléfono.
  • Gastos ocasionados por la adquisición de productos: que se usen para realizar el trabajo profesional e incluso algún equipo nuevo.

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