TIEMPO DE NEGOCIOS

¿Te pueden DESPEDIR si no ENTREGAS tu CONSTANCIA de SITUACIÓN FISCAL? SAT lo aclara

La Ley Federal del Trabajo protege ante este tipo de situaciones laborales

¿Te pueden despedir?.Si no entregas tu Constancia de Situación Fiscal Créditos: Especial Heraldo Binario
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El día de hoy viernes 10 de junio 2022, durante el programa Tiempo de Negocios, conducido por el periodista Dario Celis en Heraldo Televisión, se dio a conocer que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que no es motivo de retención salarial ni mucho menos causa de despido el no entregar la Constancia de Situación Fiscal, esto ante diversas quejas que los usuarios contribuyentes han hecho ante dicha instancia gubernamental.

¿Te pueden correr si no entregas tu constancia de situación fiscal?

Esto se debe a que la expedición de recibos de nómina digitales, para lo cual se está solicitando el documento; es un trámite independiente de las obligaciones patronales. Esta situación se presenta en un contexto en el que los empleadores les solicitan a sus trabajadores su Constancia de situacion fiscal para cumplir con las nuevas reglas de emisión de recibos de nómina.

De tal forma que esta solución masiva genera dudas y los principales mitos e incluso amenazas de los centros de trabajo es intimidar a sus trabajadores con retener su quincena hasta que no entreguen la constancia de situación fiscal e incluso se han reportado casos donde amedrentan por correrlos ante la falta de este documento.

Al respecto, la Ley Federal del Trabajo (LFT) protege de diferentes formas el salario: en primera instancia es un derecho irrenunciable por parte del trabajador. De igual forma el SAT otorgó una prórroga para que los recibos de nómina se entreguen en formato CFDI a partir de 2023.

Ante esta nueva regla, mientras los trabajadores no cambien de domicilio o régimen, no están obligados a entregar en un tiempo determinado ni el empleador a exigirla ni amedrentar con correrlos de su centro laboral.

Con información de Fernando Galván

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