Hay ocasiones en que las que las finanzas no se encuentran en su mejor momento, lo que termina ocasionando que ya no puedas pagar la colegiatura de tu hijas o hijos, lo que ocasionará que el servicio escolares se les suspenda, sin embargo, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recordó que las instancias escolares no te deben de negar ningún documento.
Los servicios educativos particulares deben ceñirse a las disposiciones del Acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares. Este ordenamiento señala, entre otras cosas, que los proveedores deben informar lo siguiente:
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- Tipos de servicios educativos y grados escolares que ofrecen.
- Fecha y número del acuerdo que la SEP otorgó a la institución al momento de incorporarla.
- Si la institución no cuenta con el número del acuerdo, debe proporcionar el número de inscripción como plantel no incorporado e informar que los estudios no tienen validez oficial.
- Costo total de inscripción y reinscripción.
- Monto total de las colegiaturas, con información detallada sobre su periodicidad y condiciones de pago.
- Costos totales de exámenes, cursos, servicios adicionales, duplicados de certificados, constancias, reglamento escolar y otra información relevante
El acuerdo que se menciona anteriormente establece que, en caso de incumplir el pago de tres colegiaturas o más (equivalentes a al menos tres meses), las personas que prestan el servicio educativo quedan liberadas de la obligación de continuar con la formación académica de tu hija o hijo. Para ello, deben seguir las disposiciones aplicables, cuyo objetivo es garantizar el acceso y la permanencia en el Sistema Educativo Nacional.
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Los prestadores del servicio educativo deberán avisar con al menos 15 días de anticipación a las madres, los padres o las personas tutoras sobre la posibilidad de no continuar con la formación académica de la o el menor, con derecho a lo siguiente:
- Recibir la documentación oficial que les corresponda en un plazo no mayor de quince días a partir del momento en que la soliciten, sin costo alguno.
- Las alumnas y los alumnos tendrán derecho a presentar exámenes extraordinarios en igualdad de condiciones que el resto del alumnado, con el pago de los derechos que correspondan.
¿Habrá más vacaciones durante ciclo escolar 2025-2026 en la SEP?
Durante el siguiente ciclo escolar, las y los alumnos de educación básica que estén inscritos a la Secretaría de Educación Pública (SEP) pasarán menos tiempo en los centros educativos, arrancando el 1ro de septiembre, ya que se tiene contemplado que tendrán 185 días de clases y no 190, siendo este uno de los primeros cambios que se pueden apreciar en comparación al calendario del año pasado.
Otro de los cambios que destacan son los días que darán para las vacaciones de Navidad, puesto que en esta ocasión se alargarán, pues serán del 22 de diciembre al 6 de enero del 2026, posesionando al doceavo mes del 2025 como el periodo en que menos asistirán a clases las y los alumnos.
Como es habitual, mayo será uno de los meses en donde las y los estudiantes se ausentarán más de los pupitres, ya que se conmemora el Día del Trabajo, la Batalla de Puebla y el Día del Maestro, además de que el último viernes de dicho mes se llevará a cabo la junta de Consejo Técnico Escolar.